Desde el 26 de mayo de 2026, la Guardia Nacional recupera facultades para multar y supervisar el tránsito en las carreteras federales, según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Esta reforma al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal busca reforzar la seguridad vial y la colaboración con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
¿Qué implica esta actualización para los conductores?
– **Facultades ampliadas para la Guardia Nacional:** Ahora pueden inspeccionar vehículos, dirigir el tránsito, verificar sistemas de frenado, emitir dictámenes técnicos y elaborar actas-convenio en hechos de tránsito.
– **Multas y sanciones:** Se aplicarán multas que van desde 10 hasta 50 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria, es decir, entre 1,173 y 5,865 pesos, dependiendo de la infracción. Por ejemplo:
– Desobedecer a la autoridad o señales de tránsito: multa de 40 a 50 veces la UMA (4,692 a 5,865 pesos).
– Vehículos en mal estado físico o mecánico: multa de 20 a 30 veces la UMA (2,346 a 3,519 pesos).
– No tomar medidas de seguridad ante fallas mecánicas o falta de combustible: multa de 10 a 20 veces la UMA (1,173 a 2,346 pesos).
– Falta o errores en la bitácora de horas de servicio para transporte federal o privado: multa de 20 a 30 veces la UMA (2,346 a 3,519 pesos).
– **Colaboración con la SICT:** La Guardia Nacional apoyará en la verificación de conductores y vehículos destinados al transporte federal y privado.
– **Medidas contra conductores conflictivos:** Se sancionará a quienes se nieguen a entregar documentos, desobedezcan órdenes o agredan a policías y personal de emergencia.
